Sucre, 30 Dic (NÓMADA NEWS).- El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) anuló la Sentencia Constitucional 084/2017 que establecía que la reelección indefinida del Presidente y Vicepresidente, era un “Derecho Humano”, fallo que permitió que Evo Morales se postule en las elecciones de 2019.
Según fuentes judiciales, el caso fue resuelto por la Sala IV del TCP, con el magistrado relator Iván Espada.
En 2017 la Sentencia Constitucional 1010/2023 remarcó que la reelección indefinida es “un derecho humano”, inclusive en contra de lo que establece la Constitución Política del Estado, que el presidente y vicepresidente sólo pueden ejercer su mandato por dos periodos continuos o discontinuos.
El nuevo fallo está en línea con la decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH) que, a solicitud de Colombia, estableció en una Opinión Consultiva que la reelección indefinida no es un derecho humano y es contraria al ejercicio de la democracia representativa.
Red Central-rsl